Deudas
Imagina a la persona más buena que conoces. La que siempre está dispuesta a ayudar a quien le necesite. En un mundo ideal, estas personas serían retribuidas siempre por todo lo que hacen, pero la realidad es otra. Hay quien, por “pasarse de buena gente”, termina con deudas ajenas.
Claudia es una noble madre de familia y orgullosa esposa. Cuando su hermano le pidió una gran cantidad de dinero debido a problemas económicos, Claudia no dudó ni un minuto en ofrecerle su ayuda, así que fue al banco y pidió un préstamo.
Sin embargo, luego de algunos meses, el hermano de Claudia sigue sin poder pagarle el dinero y ahora, ella tendrá que asumir las consecuencias de una deuda que no es suya: llamadas de cobranza constantes, cartas de los bancos y una terrible ansiedad.
Claudia, como muchos otros mexicanos, está asumiendo una deuda que no es propia: una deuda de algún familiar, de los hijos o incluso de la pareja.
Muchas veces nos podemos ver envueltos en problemas que no son de nosotros, sino por querer ayudar a los demás resulta que también podemos salir perjudicados. En el tema de las deudas, no estamos exentos de esta situación.
En la actualidad, los compromisos financieros de otras personas también pueden repercutir en nuestra vida, por ejemplo, si se nos pide el favor de solicitar un préstamo a nombre de otro individuo, si se nos pone como aval en el otorgamiento del crédito o si nuestros datos se confunden con los de un verdadero deudor.
Aquí explicamos los tres escenarios:
Ahora bien, una de las dudas más comunes es si es posible un embargo de bienes cuando no eres el deudor directo; pero, para contestar esa pregunta, hay diversos escenarios.
Hay que recordar que el embargo de bienes es la acción a la que acuden los acreedores para poder recuperar el préstamo otorgado. En este contexto, es necesario aclarar que la única persona legal que puede dictar una orden de embargo es un juez y para eso se requiere iniciar una demanda para reclamar el pago de la deuda.
Por lo regular, cuando se dicta una orden de embargo, se hace sobre los bienes del domicilio que el deudor puso como referencia, sin importar si estos pertenecen a él o no, lo que es una irregularidad en el proceso, pues esta acción debe de ir siempre contra los bienes del deudor directamente.
Para evitar una acción de este tipo, es mejor que el deudor o su aval puedan responder ante la institución que es acreedora; sin embargo, si esto no es posible, recuerda que hay soluciones como las reparadoras de crédito que te pueden ayudar a negociar de acuerdo a tus posibilidades y alcance.
Ya aclaramos en qué situación te puedes exentar del pago de una deuda que no es tuya, por ejemplo, cuando la entidad acreedora, que puede ser un banco o un despacho de cobranza, se confunda con tu información y te atribuya que eres el deudor, o su aval, sin que esto pase.
Sin embargo, cuando eres el aval o solicitan el financiamiento a tu nombre, sin que esto signifique que realmente tú seas el beneficiario del préstamo, es necesario que hagas frente a esa deuda, pues así se estipuló desde un principio en el contrato del crédito.
Mantén en tu mente la frase: “no quiero deudas que no son mias”, lamentablemente, cuando un familiar o ser querido está atravesando una época difícil no siempre estamos en capacidad de ayudar de manera económica. Si nos piden dinero, primero debemos ver si esa cantidad no afectará nuestras finanzas personales y familiares.
Si un ser querido necesita una cantidad fuera de tu alcance, una opción es ofrecerle ayuda con una cantidad menor que no te descapitalice y te permita recuperarte rápidamente.
Si no te es posible ayudar económicamente, piensa de qué otra manera puedes ser de utilidad según sea el caso. A veces es posible proveer una solución alternativa.
Habla con la persona a quien le prestaste el dinero y cuéntale de tu situación, pídele que te pague una parte o haga pagos mensuales que te permitan cubrir esa deuda.
Busca alternativas que te permitan empezar a resolver tu deuda lo antes posible. Busca asesorías para que sepas cuáles son tus opciones y qué puedes hacer en tu caso particular.
Cuando una persona no tiene nada que ver con la deuda, ni directa ni indirectamente, pero aun así recibe llamadas telefónicas donde lo invitan a liquidar el adeudo, esta puede comenzar con un procedimiento para evitar el acoso telefónico.
En primera, lo que se tiene que hacer es apuntar toda la información posible tanto del acreedor como del deudor, por ejemplo:
Una vez que hayas recopilado toda esta información, debes de acudir con la institución acreedora para presentar una solicitud de cancelación de datos, con el fin de evitar las molestas llamadas. En caso de que el acoso no pare, puedes iniciar una queja ante la Condusef.
Como cualquier deuda, propia o ajena, el peor error que se puede cometer cuando se tiene que liquidar un adeudo es escondernos. En primera, esto puede agravar nuestra situación sin que se aclare el trasfondo del asunto y en segunda, nuestro patrimonio se puede ver perjudicado si no resolvemos esto a tiempo.
Si eres un aval o solicitaste el préstamo para que otra persona lo disfrute, ten en cuenta que eres corresponsable para liquidar el crédito, por lo que si se ha dejado de responder por dicha deuda tú tienes que seguir con la liquidación de la misma. Ahora bien, un embargo es posible, si se sigue el debido proceso; sin embargo, no te esperes, mejor trata de negociar con los acreedores.
Recuerda que para comenzar una negociación con un acreedor lo primero que debes de demostrar es voluntad y partiendo de esa base, se te podrá hacer un plan, que puede ser desde una quita, una reestructuración o hasta el cambio de condiciones para liquidar el crédito.
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